En consecuencia, este Tribunal Tercero de Control de Primera Instancia Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado RICHAR JOSE MANIA MORENO, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.287.369, NACIONALIDAD VENEZOLANA, natural de HIGUEROTE, Estado Miranda, lugar donde nació el 01-02-72, de 38 años de edad, Soltero, profesión músico, Hijo de Carmen Jacinta Moreno y Francisco Urbina Marrero, residenciado al lado del Estadio del Escondido III casa s/n, en esta Ciudad de Puerto Ayacucho por la presunta comisión del delito Abuso Sexual agravado, previsto y sancionado en el artículo 259 en concordancia con el articulo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en perjuicio de la niña identidad omitida, de 09 años de Edad, en perjuicio de la niña (identidad omitida), de conformidad con lo establ.....