PRIMERO: Cada cónyuge escogerá como hogar el que desee y serán suyos, los bienes adquiridos después de disuelto el matrimonio.
SEGUNDO: La Patria Potestad, será compartida por ambos padres, al igual que el ejercicio de la Responsabilidad de Crianza. La Custodia será ejercida por la madre, quien la ha ejercido desde el momento de la separación.
TERCERO: En relación a la Obligación de Manutención, acordamos: Como Cuota Mensual: El padre se compromete a suministrar la cantidad de DOS Mil Bolívares (2.000,00 Bs.) mensuales, que le será entregado directamente a la madre del niño, en la dirección de esta. En cuanto al inicio del año escolar: El padre se compromete a suministrar oportunamente los útiles, textos y uniformes escolares, y todos los enseres escolares exigidos por los Institutos Educativos, así como los gastos de inscripción o matricula. Los gastos de salud (médicos, medicinas, tratamientos) serán compartidos.
CUARTO: Acordamos un Régimen de Convivencia Familiar amplio, .....