El penado JORGE ARBEY BARRIOS, fue condenado por la Sala de la Corte de Apelaciones de este mismo Circuito Judicial Penal, en fecha 21 de Febrero de 2006 (f.103 al 120 p.II); mediante la cual lo condenó a cumplir la pena de Ocho (08) años de Prisión, por la comisión del delito de por la comisión del delito de ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, tipificado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Consumo y el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópica;.
I.- COMPUTO DE LA CONDENA IMPUESTA, FECHA DE CUMPLIMIENTO: El mencionado penado fue detenido preventivamente el día 21-08-2005 (f. 17, p. IV), hasta la presente fecha 17-04-2007, es decir, que considera quien aquí ejecuta, que el penado de autos, ha cumplido de la pena hasta el día de hoy, un tiempo igual al de: Un (01) año, Siete meses y veintiséis días; mas la redención practicada en el día de hoy de ¿Seis meses- Dos (02) años Un (01) mes y veintiséis (26) días, faltándole por cumpli.....