Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SE SUSTITUYE la MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA PREVENTIVA DE LIBERTAD decretada en contra de los ciudadanos JOSÉ LUÍS HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, de nacionalidad Venezolano, Titular de la cedula de Identidad Nº V-19.805.477, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, donde nació en fecha 27-06-1991, de 19 años, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, hijo de Héctor Hernández (v) y de Maria Hernández (v), residenciado en el barrio el bolsillo, al lado del abasto Rut, casa s/n, RONAL LEONARDO ACOSTA GUATERO, de nacionalidad Venezolano, Titular de la cedula de Identidad Nº V- 24.678.549, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, donde nació en fecha 15-01-1991, de 20 años, estado civil soltero, profesión u oficio obrero.....