Este TRIBUNAL (MIXTO) SEGUNDO DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano JOSE LUIS CARIEL AMARO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.482.481, con residencia en Urbanización Rotario del Oeste Avenida N° 04, Barquisimeto, estado Lara, a cumplir la pena de de UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES DE PRISION, así como multa del 25 por ciento de la cosa dada o prometida, por la comisión del delito de CONCUSION, previsto y sancionado en el artículo 60 de la Ley Contra la Corrupción, en perjuicio del ciudadano EDGAR NUÑEZ, y queda condenado de las medidas accesorias de conformidad con lo establecido en el articulo 16 del Código Penal, y 96 de la Ley Contra la Corrupción, por el mismo lapso que fuere condenado por la pena principal.
SEGUNDO: Se exime del pago de las costas procesa.....