Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 262 en sus ordinales 1º, 2º y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR QUE LE FUERA OTORGADA AL ACUSADO ASCANIO ROJAS DAVID XAVIER, por este Juzgado Tercero de Control, en fecha 10 de Agosto de 2005 y en consecuencia ordena librar orden de aprehensión, así como oficio a todos los organismos de seguridad del Estado, y una vez aprehendido debe ser trasladado al Retén Policial del Estado Amazonas, lugar donde quedará recluido a la orden de este Juzgado.