Por todas las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, constituido en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley .declara: PRIMERO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional incoada por el ciudadano LENIN ARGENIS CASTRO TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.675.140, de este domicilio, asistido por la Profesional del Derecho Abg. LEDYS NORGELIA SOTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.569.965 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 99.693, en contra del CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICA-DELEGACIÓN AMAZONAS (CICPC), ambas partes identificadas en autos; y, SEGUNDO: No hay condenatoria en costa por las partes Involucradas en la presente causa. TERCERO: Se ordena librar oficio dirigido a la Fiscalía Superior del Ministerio Publico del e.....