DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la solicitud presentada por el Fiscal Segundo del Ministerio Publico Dr. Pedro Fernández, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de los ciudadanos HENRY DEVIA y MEDILUR MEDINA, POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 3º en relación con el articulo 48 ordinal 8º ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 110 en su primer aparte, en relación con el articulo 108 en su ordinal 5º del Código Penal.