En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decreta:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud formulada por el Ministerio Público y se decreta la calificación de aprehensión en flagrancia de los ciudadanos LUZARDO SERRUDO JAVIER DE JESUS, titular de la cedula de identidad N° 17.635.829, LUZARDO SERRUDO CIRO ANTONIO, titular de la cedula de identidad N° 17.635.825, por estar incursos en la presunta comisión del delito TRAFICO Y COMERCIO ILICITO DE RECURSOS O MATERIALES ESTRATEGICOS previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra la delincuencia organizada y financiamiento al Terrorismo, en perjuicio de la Empresa CORPOELEC, todo ello de conformidad a lo establecido en el articulo 234 del Código Orgánico Procesal Penal, apartándose de la precalificación Jurídica del Ministerio Publico. Se desestim.....