TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se DECLARA INADMISIBLE SOBREVENIDAMENTE la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana MARJA MONTENEGRO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.655.547, en su carácter de hermana del ciudadano VÍCTOR MONTENEGRO, titular de la Cedula de Identidad V- 10.658.252, y asistida por el profesional del derecho MAGNO BARROS, titular de la Cedula de Identidad Nº 8.945.429, Inpreabogado Nº 65.607, contra el ciudadano FUENTES, Militar Activo con grado de Capitán, Comandante del Comando del Muelle, adscrito al Comando del Muelle puerto Ayacucho, estado Amazonas, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, numeral 1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en f.....