Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, de conformidad con lo establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: Declara la INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA, incoada por el ciudadano HUMBERTO RAMIRO SARMIENTO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-15.954.316, debidamente asistido por el abogada Lisney Liliana Molina Molina, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-15.954.316 e inscrita en el IPSA bajo el número 105.700, contra la entidad de trabajo ALCALDIA DEL MUNICIPIO ATURES DEL ESTADO AMAZONAS en virtud de que no se produjo la subsanación ordenada por este Juzgado en el lapso de los dos (2) días hábiles siguientes a su notificación.
SEGUNDO: Decreta terminada .....