CAPITULO III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Menores, Bancario y Tribunal Superior Contencioso en lo Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Acuerda rebajar la pena de los ciudadanos ANGEL ALBERTO ESCANDON TRUJILLO Y PEDRO COLMENARES CATIMAY, quienes deberán cumplir la pena de diez (10) años de prisión, por la comisión de los delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la novísima Ley Orgánica Contra el Tráfico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 278 del Código Penal, ello de conformidad con lo establecido en el numeral 6° del artículo 470 en relación con la parte.....