En consecuencia la no comparecencia del Ciudadano MANUEL VICENTE FUENTES CAIGUA, titular de la cédula de identidad N° 14.258.609, parte demandante, ni por si ni por apoderado judicial alguno, y al no acatar a cabalidad el acto del Juez que ordena la comparecencia a una hora determinada, de participar activamente, coadyuvar en la administración de justicia y la carga procesal de estar presente con antelación en la sede del Tribunal, para el anuncio del acto y visto que la acción es de la parte actora, este Tribunal en fuerza de lo antes expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA el desistimiento del procedimiento por inasistencia del demandante en la oportunidad de la apertura o inicio de la audiencia preliminar, quedando terminado el proceso mediante la presente Sentencia. Así se decide