Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales antes señaladas, este Juzgado Primero de Primera (1era) Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO, fundamentada en la causal segunda (2da) del Artículo 185 del Código Civil (ABANDONO VOLUNTARIO), la cual fue interpuesta por la ciudadana CARMEN CLEOPATRA QUINTO CUNA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.568.687, debidamente asistida en este acto por el Abg. JUAN RAFAEL BARRIOS ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.566.170, inscrito en el IPSA bajo el Nº 142.252, en contra del ciudadano CARLOS ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.376.707. Igual.....