Sobre la base de los criterios anteriormente expuestos este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY decreta PRIMERO: Librar la Orden de ALLANAMIENTO en el procedimiento DECOMISAR-INCAUTAR en el Lugar : Calle principal, calle cinco de Julio, casa Unifamiliar , de color rosado, con las puertas blancas, casa sin número, a cien metros del módulo de la Policía Estadal , Puerto Ayacucho estado Amazonas, donde habita un ciudadano de Nombre EMIRO PULGAR con la finalidad de DECOMISAR-INCAUTAR, la siguiente evidencia 01 libretas del BANCO CARONI, que no tengan ningún tipo de vinculación con el Dueño del Inmueble , especialmente la del ciudadano RIVAS MARTINEZ, HERMES ANTONIO cédula de identidad V- 08.904.541, el cuál deberá se r practicado por los funcionarios ADSCRITOS AL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS DEL ESTADO AMAZ.....