administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena en forma sumaria a la Directora del Registro Civil del Municipio Autónomo Atures del Estado Amazonas, estampar de debida nota marginal en la partida de nacimiento de la niña JENNIFER AURIMAR, en la cual deberá corregir el nombre de la niña antes mencionada.