Se DECLARA: la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos existente entre los ciudadanos: CARLOS ALBERTO BORRERO OCAMPO y LUCIBELL MUÑOZ LEON, ya identificados plenamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial por ellos contraído en fecha 10 de Febrero del año 1.993, por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Cedeño del Estado Bolívar, quedando asentada bajo el acta N° (02).