Se le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio de obligación alimentaria suscrito por los ciudadanos CARLOS EDUARDO MILANO y EGLIS MARINA PRADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. -V-14.675.215 y 14.145.537 respectivamente, por ante la sede de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas.