este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio, en consecuencia queda DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos ELOY RAFAEL TOVAR GUERRERO y MARIA NAZARET BRIZUELA DE TOVAR, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.500.182 y 13.767.533, respectivamente, por ante el Registro Civil del Municipio Autónomo Atures, Estado Amazonas asentado en el Libro de Registro de Matrimonios, bajo el acta N° 105, de fecha trece (13) de Septiembre del año dos mil cinco (2005).Se homologan los acuerdos suscritos por las partes en beneficio de su hijo IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada.....