ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: Este Tribunal decreta con lugar la calificación de aprehensión en flagrancia del ciudadano: RUBÉN DARÍO QUINTERO BARRIO, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 22.323.544, de conformidad con lo establecido en el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta el Procedimiento Ordinario, a fin de proseguir con la investigación pertinente, conforme a lo establecido en el 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en el presente asunto seguido al ciudadano: RUBÉN DARÍO QUINTERO BARRIO, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 22.323.544, por la presunta comisión del delito de Robo en la modalidad de arrebato, previsto y sancionado en el articulo 456 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano CARLOS JULIO SEGUNDO. TERCERO: Se declara con lugar la solicitud del Ministerio Publico, en relación.....