Este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA a JAIME CORREA SANCHEZ, colombiana, titular de la cédula de identidad N° E-84.287.991, natural de Cali Valle del Cauca Colombia, donde nació en fecha 18/08/1951, de 57 años de edad, de profesión u oficio del Latonero, de estado civil soltera, residenciado en la Urb. San Enrique, sector El Bosque, al lado del Taller El Gocho, casa s/n, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRESION, por la comisión de los delitos de COOPERADOR INMEDIATO en el delito de CONTRABANDO, previsto en el artículo 2 de la Ley de Contrabando en concordancia con el articulo 83 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, conforme al artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Así mismo se le condena a las penas accesorias contenidas en el artículo 16 ejusdem y Se exime del pago de las costas procesales .....