Este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Se admitió la Imputación por la comisión de los delitos de: Amenaza, Violencia física, Violencia Psicológica previstos y sancionados en los artículos 16, 17 y 20 de la Ley Especial de Violencia contra la Mujer y la Familia; también se admitió el procedimiento abreviado. Segundo Se impusieron las Medidas cautelares de conformidad con el Articulo 39 numerales 1, 5 y 9, de la Ley especial que rige la materia al ciudadano Marco Tulio Hernández López, venezolano, natural de Puerto Ayacucho, de 42 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.947.662. Tercero: Se ordenó la remisión de las actuaciones al Tribunal de Juicio por el procedimiento abreviado, de conformidad con el artículo 331 .....