En consecuencia, este Juzgado Segundo de Control de Primera Instancia en lo Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley DECRETA: MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS al imputado ANGEL JESUS FIGUEROA ARAUJO, anteriormente identificado; por el delito de OCULTAMIENTO DE ARMAS DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, se califica la aprehensión en flagrancia y la aplicación del procedimiento ordinario; de conformidad a lo establecido en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal . - Así se decide.-