TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: CON LUGAR la calificación de aprehensión en flagrancia del ciudadano: CARLOS JOSE CAMACHO, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.325.958, venezolano, natural de Cabruta, estado Guarico, de 32 años de edad, nacido en fecha 04-10-1979, estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, residenciado en el Triangulo, sector la lora, casa sin numero, color rosado con salmón, al frente de Rancho casanare de esta ciudad, hijo de Carmen Camacho (v) y José Jaime Cristóbal (v), de conformidad con lo establecido en el articulo 93 de la Ley Especial, por la presunta comisión del delito de el delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley especial, en la Ley Orgánica Sobre Los Derechos de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, y el delito de TRATO CRUEL,.....