Por fuerza de lo expuesto, este TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY,
PRIMERO: Del estudio de los fundamentos que tomó en cuenta el Fiscal del Ministerio Público para estimar que existen motivos para que se inicie un juicio oral y público en el presente caso, quien aquí decide considera que el escrito de acusación cumple con los requisitos establecidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal y en tal sentido ADMITE TOTALMENTE, el escrito de acusación presentado por el Ministerio Público, en el que acusa a JOSE ALEXANDER ESCOBAR GARCIA, venezolano, de 27 años de edad, de estado civil soltero, natural de Puerto Ayacucho, fecha de nacimiento 25/01/1982, de profesión u oficio obrero, titular de la Cedula de Identidad Nº 15.500.514, residenciado en la Avenida Principal de la Urbanización Guaicaipuro I, casa de color verde, frente al p.....