En virtud de la admisión de hechos por parte del acusado de autos de conformidad con lo establecido en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal se procede a Condenar al Ciudadano JHONATAN RENE PINTO ARCHILA, titular de la Cédula de Identidad, N° V-20.018.806, Edad 20 Años, Oficio Bachiller, Fecha Nacimiento 14/05/1989, Dirección: Urbanización San Enrique, Sector Valle Lindo, Casa S/N, Padre Nelson Pinto Mama Silvia Archila, A CUMPLIR LA PENA DE CINCO (5) AÑOS Y SEIS (6) MESES, DE PRISIÓN, MAS LAS ACCESORIAS DE LEY. SEGUNDO: Se mantiene la Medida Privativa de Libertad al Ciudadano Jhonatan Rene Pinto Archiva. TERCERO: Se decreta el sobreseimiento de la causa al Ciudadano PEREZ GAMEZ, FRANK JAVIER, titular de la cédula de identidad N°-V-18.506.792, profesión Infante de la Marina, fecha de nacimiento 17/03/1987, edad 21 años, estado civil soltero, hijo de Silvia Coromoto Gamez (v) desconoce a su progenitor, residenciado en Quebrada Seca, calle principal, casa S/N , casa rosad.....