Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de calificación de aprehensión en flagrancia del ciudadano: ARMANDO RAMÍREZ PÉREZ, titular de la cédula de ciudadanía N° 84401403, de nacionalidad colombiana, natural de Nataga Huila, Colombia, fecha de nacimiento 28-01-1975, edad 36 años, profesión Comerciante, residenciado en la Urbanización El Escondido II, Calle Miguel Eladio García, cerca del Mercado Rebusque Mayabiro, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES GENERICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público en cuanto a que el presente proceso se ventile .....