Se declaró CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada EDITA FRONTADO JIMENEZ, actuando en su carácter de defensora privada de los ciudadanos RAMON DADURE, MAGDA PERDOMO y GLENDA PERDOMO, en contra de la decisión dictada en fecha 13MAY2004, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal con funciones de Juicio de este Circuito Judicial, por la cual se condenó al ciudadano RAMON FRANCISCO DADURE QUINTO, anteriormente identificado, a cumplir la pena de quince (15) años de prisión por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; y a las ciudadanas MAGDA MILAY PERDOMO y GLENDA BRILLI PERDOMO, anteriormente identificadas, a cumplir la pena de diez (10) años de prisión, por la comisión del delito de Cooperadoras Inmediatas en el delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en e.....