En consecuencia este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CALIFICA LA PREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de la ciudadana ZENAIDA BEATRIZ CEBALLOS REYES, Venezolana, natural de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, donde nació en fecha 29/05/73, de 35 años de edad, de estado civil soltera, titular de la cédula de identidad N° 12.629.559, de profesión u oficio; obrera, hija de José Ceballos (V) y Ana Felicita Reyes (V), residenciada en la comunidad provincial, adyacente a la famiia Castillo, en esta ciudad, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: se DECRETA LA CONTINUACIÓN DE LAS INVESTIGACIONES POR LAS REGLAS DEL PROCEDIMDIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo previsto en el artículo 373 ejusdem, a los fines de que prosigan las investigaciones. TERCERO: se l.....