Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda PRIMERO: La desestimación de la denuncia formulada por el Ciudadano: MIGUEL VICENTE LEAL RIVAS, venezolano, nacido el 18-05-62, titular de la Cédula de Identidad N°V-8.402.955, residenciado en la Urb. Alto Carinagua, calle N° 2, casa S/N de esta Ciudad de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, quien el día 25-05-03, denunció ante en la Comandancia General de Policía del Estado Amazonas, que el Ciudadano: Juan Antonio Rodríguez, se encontraba montado en las rejas de su negocio, lo cual constituye el delito consagrado en el artículo 184 del Código Penal y procede a instancia de parte agraviada, por cuanto el Ministerio Público sólo intenta la acción penal en los delitos de acción pública y en cuanto a los delitos de acción a instancia de parte agraviada, sólo en los casos expresament.....