Por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara perecida la instancia iniciada en fecha 20 de febrero 2008 por ante este Juzgado, mediante demanda de rectificación de partida de nacimiento, interpuesta por Profesional del Derecho OMAR ANTONIO ESPAÑA, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 116.895, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano JUAN MANUEL VALES AZAVACHE, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en la Avenida Orinoco, de esta ciudad de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, titular de la cédula de identidad N° V-1.568.087.