este Despacho Judicial, a cargo de la Juez Unipersonal N° 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, la cual fue interpuesta por la ciudadana LEIDYS DIANA TORRES TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 16.767.012, domiciliada en el Barrio El Moñito, calle 01, casa s/n, en esta Ciudad de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, actuando en defensa de los intereses de la niña IDENTIDAD OMITIDA, de un año (01) año de edad, (Se omite el nombre de la niña, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente), asistida en este acto por el Abg. JOSE GREGORIO RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.477.62.....