Acto seguido, luego de escuchadas las exposiciones de las partes y aprobación del Acuerdo Reparatorio celebrado por las partes, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Vista que el imputado de autos, OSCAR ALEXANDER ROMERO QUIÑONES, empezó a cumplir con el acuerdo reparatorio, y no habiendo oposición del Representante Fiscal, este Tribunal Acuerda la realización del Acuerdo Reparatorio entre la Victima y el imputado de autos. Se ordena oficiar a la Unidad de Alguacilazgo de Maracay, estado Aragua, el cese del Régimen de Presentaciones, ante esa localidad. SEGUNDO: Remítase las presentes actuaciones al Ministerio Público, a los fines de ser agregado al asunto principal, y dicte el acto conclusivo correspondiente, luego de haberse cumplido el acuerdo reparatorio. TERCER.....