DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO seguido al acusado Arquímedes José Almea Malpa, plenamente identificado, por el lapso de UN AÑOS, de conformidad con lo establecido en los artículos 42, 43 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal, motivo por el cual se le impone al referido ciudadano las siguientes condiciones: 1.- Residir en lugar determinado, Urb. La Tigrera, color Rosada, la Segunda Entrada la segunda casa a mano derecha; 2.- La prohibición de acercarse a la victima; 3.- Presentación periódica ante este Juzgado, específicamente ante la oficina de alguacilazgo cada 3 meses a partir de la presente fecha.
Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.