Se ordena Ratificar LAS ORDENES DE UBICACIÓN POR ESTAR DECLARADO EN REBELDÍA POR AUTO FUNDADO DE FECHA 28/01/2011, al adolescente cuya IDENTIDAD OMITIDA de conformidad con el artículo 65 LOPNNA, de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, estado Táchira, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 25.164.603, nacido en fecha 14 de Julio de 1995, de 15 años de edad, de profesión estudiante, hijo de Guillermo Calderón (v) y Sonia Rodríguez Matilla (v), con domicilio en la ciudad de Barcelona, Barrio Mesones, al lado de la bomba de gasolina Trébol, casa s/n de color azul, por estar incurso en la presunta comisión del delito de SECUESTRO, previsto y sancionado en el Artículo 3 de la Ley Contra Extorsión y el Secuestro, en perjuicio del ciudadano JOSE GREGORIO BARRIOS CARRASQUEL