Por las consideraciones antes expuestas ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con fundamento en las anteriores consideraciones de hecho emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta EL ARCHIVO JUDICIAL de las actuaciones iniciadas ante el Tribunal con motivo de la aprehensión del ciudadano ROBERTO ALEXANDER GIL UGAS, Titular De La Cédula De Identidad N° 11.969825, NACIDO EN Carúpano Estado Sucre, el 01/02/1975, de 34 años de edad, Soltero, grado de instrucción, Licenciado en Ciencias y Artes Militares, Militar en ejercicio Activo, en la Guardia Nacional, actualmente domiciliado en La Guaira Estado Vargas, Residencias La Riviera, cabaña 39, Playa grande, Catia la Mar, Estado Vargas, Roberto Gil (f) Naty Olinda Ugas (v.....