Ahora bien, de lo trascrito, se puede evidencia que la Fiscal Superior reconoce que a quien aquí decide, lo asiste la razón al momento de negar la solicitud de sobreseimiento que fue planteado, cuando alega que "...Al respecto observa quien aquí decide, que la Fiscalía que solicita el sobreseimiento, tal como lo consideró el Juzgado, remitió las actuaciones a este Despacho, a los fines de que la presente investigación, se instruyera pero por una Fiscalía en Materia de Drogas, lo cual fue ciertamente acertado, siendo que la Fiscalía Octava de este Ministerio Público con Competencia en Materia de Drogas conoce actualmente de la causa, según Nº F2-152-08 de fecha 28-01-2008, en virtud de lo cual esta Fiscalía Superior no evidencia contradicción entre el criterio emanado por nuestro Representante Fiscal y ese Juzgado, que justifica a la decisión emanada del mismo...", por lo cual, con el decreto del sobreseimiento de la presente causa, se estaría violando el principio constitucional del n.....