DE LA DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones, en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación ejercido por el abogado Antonio Eleazar Ruiz Silva, en su condición de defensor privado de los ciudadanos Jaime Antonio Paez Cabriles, Alfonso Gómez Silva, y Rafael Alberto Caña Silva, en contra de la decisión dictada y fundamentada en fecha 25 de Enero de 2009, por el referido Tribunal, en el asunto seguido a los mencionados ciudadanos por la presunta comisión del delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida. Publíquese y regístrese. Y así se decide.