Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por la Dra. JOSELYN MATA RODRIGUEZ, en su condición de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas y en consecuencia ACUERDA a partir de la presente fecha, protección al ciudadano MILAGROS DESIREE RODRIGUEZ, Titular de la cédula de Identidad Nº V-20.720.079, de 22 años de edad, de profesión u oficio estudiante, domiciliada en la Urbanización Guaicaipuro I, sector sanidad, casa s/n, por la licorería "Mi Ambinita", casa de color amarilla con rosado, de esta ciudad, y su grupo familiar, de conformidad con los artículos 30 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 23 del Código Orgánico Procesal Penal, 1, 4, 7, 17, 30, 31, 34, y 35 de la Ley de Protección de .....