Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud realizada por la Defensa Pública Quinta Penal, en su carácter de defensor de los ciudadanos MIGUEL CAYUPARE, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 12.629.453, residenciado en Carida, Municipio Atabapo del estado Amazonas, LORENA ROJAS, Colombiana, titular de la cédula de ciudadanía N° 32.262.580, residenciada en Carida, Municipio Atabapo del estado Amazonas, y GLADYS ACEVEDO LOPEZ, Colombiana, titular de la cédula de ciudadanía N° 35.475.278, residenciada en el Barrio Ciudad Porfía, Calle 63 Sur, Casa N° 46ª 03 del Municipio Villavicencio, Departamento del Meta, República de Colombia, realizada con fundamento en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE SUSTITUYE l.....