CAPITULO III
DE LA DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria del Estado Amazonas, administrando justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE LA ACCIÓN PETITORIA Y DESALOJOS DE FUNDOS, incoado por el abogado LUÍS RAFAEL FERNANDEZ SOTILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 150.556, asistiendo a la ciudadana MARÍA ANGÉLICA LORETO LORETO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.581.752, en contra de los SUSMIRA DAYGRE CORREA DE BALCAZAR, titular de la cédula de identidad Nº V-18.242.802 y MANUEL ALEXANDER BALCAZAR, titular de la cédula de identidad Nº V-15.245.907.respectivamente.
SEGUNDO: No se condena en costas dada la naturaleza de este fallo.
TERCERO: Notifíquese a la demandante y/o en la persona de su apoderado judicial, mediante boleta de la presente decisión, conforme a l.....