DE LAS NOTIFICACIONES: Conforme a lo establecido en el artículo 175 en concordancia con el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, Notifíquese a la penada para ello, se acuerda su notificación por medio del Capitán ELIOMAR GLEVIS AVARISTO YURIYURI, titular de la cédula de identidad N° 12.469.515, número telefónico 0416.3344935, quien tiene bajo su autoridad, supervisión y vigilancia a la penada de autos, de conformidad con el artículo 141 de la Ley Orgánica de los Pueblos y Comunidades indígenas, en concordancia del artículo 10 del convenio 169 de la OIT, numerales 1° y 2°. Notifíquese a su Defensor, al Fiscal cuarto del Ministerio Público. Ofíciese al Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sentencias Penales, la Dirección de Rehabilitación y Custodia del Ministerio del Interior y Justicia, al Consejo Nacional Electoral, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio del Interior y Justicia, la Oficina de Personal de la Administración Pública N.....