Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Califica como flagrante la aprehensión del ciudadano JOSE GREGORIO CARIBAN ACOSTA, titular de la cédula de Identidad Nº 20.437.043, de nacionalidad venezolana, natural de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, de 19 años de edad, de profesión Obrero, residenciado en la Urbanización Carinagua Sucre, calle principal, a dos casas de la bodega "Valentina", hijo de Miguel Ángel Cariban (v) y de Miladis Acosta, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, delito que precalifica este Tribunal, ya que se desestima el delito de COOPERADOR INMEDIATO EN EL DELITO DE HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 83, en conco.....