Por todas las anteriores razones, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara EXTINGUIDO el procedimiento de Divorcio iniciado por demanda interpuesta por la ciudadana: BELKYS AUXILIADORA MENDOZA ESCOBAR, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° V.- 8.904.793, representada por la abogada JUANA COLMENARES RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.141.136, e inscrita en el impreabogado bajo el N° 99.523, en contra del ciudadano: RABLE ARGENIS GUERRERO TIRADO, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° V.- 8.819.532.