...En fuerza de los anteriores razonamientos, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos LUIS ANTONIO RAMOS y ANA ROSA DIAZ DE RAMOS, ambos suficientemente identificados en autos, por la RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMUN, tal como lo establece el Artículo 185-A del Código Civil, y así declara disuelto el vínculo matrimonial por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Leonardo Infante del Estado Guárico, celebraron los mencionados ciudadanos, el día Trece (13) de Mayo de Mil Novecientos Ochenta y Tres (1983), según se evidencia del Acta de Matrimonio Nro. 136.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, en Puerto Ayacucho, a los Veintinueve (29) días del mes de Abril del año Dos Mil Once (2011). Año.....