administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN PARCIAL al convenio suscrito por los ciudadanos: Abogada BETILDE BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.126.477, inscrita en el impreabogado Nº 120.919, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana GLADYS ALAYA APONTE DE AGUIRRE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.567.127, y de los demás herederos AGUIRRE APONTE Y HERMANOS AGUIRRE PEREZ, igualmente comparece el ciudadano JULIAN DARIO SANCHEZ LUJAN, colombiano, mayor de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº E- 80.411.610, debidamente representado por el abogado CARLOS ESTE AVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.093.936, inscrito en el impreabogado Nº 155.195, de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Publíquese, r.....