En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE CONTROL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD al ciudadano SOTILLO CASTILLO JOSÉ FELIX, venezolano, nació en puerto ayacucho estado amazonas 30-01-1990, 21 años de edad, profesión u oficio albañil, hijo de Juana María Castillo, y Jorge Fidel Sotillo, residenciado do en la bajada de Pedro Camejo, al lado de Acrisur venta de oxigeno, Puerto Ayacucho, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, contemplado en el artículo 42 en la Ley Orgánica Sobre Los Derechos de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana SOTILLO CASTILLO MARIA GRACIELA, todo ello en virtud de lo establecido en los artículos 93, 94, 87.5.6 , 92.7 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia..- Así se decide.- Líbrese los oficios r.....