TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY,, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: NIEGA la solicitud interpuesta por la Defensa Privada, Abg. Abg. EDITA FRONTADIO, en su carácter de defensor del imputado de autos LUIS ANTONIO ORTEGA GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad N° 23.646.182.
SEGUNDO: ACUERDA mantener la Privación Judicial Preventiva de Libertad del imputado de autos LUIS ANTONIO ORTEGA GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad N° 23.646.182, a quien se le sigue la presente causa, por la presunta comisión de los delitos de presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, ENCUBRIMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 254 ejusdem, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 ibidem, ULTRAJE VIOLENTO, previsto y sancionado en el.....