PRIMERO: Decretar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de conformidad con lo establecido en los artículos 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, 615 ejusdem, 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la causa seguida contra: ARTICULO 65 LOPNA,, venezolana, natural de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, nacida el día 28-05-87, residenciada en el Barrio San Enrique El Bajo, cerca de la Iglesia de Dios, casa S/N, de esta ciudad de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, hija de Raul Ponare Cariban (v) y de Rosa Gabriela Hernández; a quien se le seguía averiguación penal por la comisión del delito de: FALSA ATESTACION ANTE FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 321 del Código Penal, para el momento en que ocurrieron los hechos, en agravio de: COLECTIVIDAD; en virtud de los hechos ocurridos en fecha 13 de Diciembre del año 2.003, cuand.....