esta CORTE DE APELACIONES EN LO PENAL, CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, TRABAJO, MENORES Y TRIBUNAL SUPERIOR EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION AMAZONAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Se declara sin lugar el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada EDITA FRONTADO JIMENEZ, defensora privada de los ciudadanos ADALIA JOSEFINA BARRIOS y JORGE ARBEY BARRIOS, titulares de la cédula de identidad N° 10.923.839 y 14.258.310 respectivamente, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal con Funciones de Control del Circuito Judicial Estado Amazonas, de fecha 03SEP2005, mediante la cual se decretó medida privativa de libertad a sus representados de conformidad con lo establecido en el artículo 250 y 251, del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se confirma la decisión impugnada.